ABC de la
Reforma Pensional

De acuerdo con las cifras entregadas por el DANE, sólo el 18% de personas en el país logran pensionarse.

Por: Melisa Sánchez 

 

 

De acuerdo con las cifras entregadas por el DANE, sólo el 18% de personas en el país logran pensionarse. En la actualidad hay más de 7 millones de personas adultas mayores, de las cuales sólo 2.3 millones tienen pensión, 1.8 millones reciben una renta del programa Colombia Mayor y 46 mil reciben un Beneficio Económico Periódico a través del programa BEPS de Colpensiones. Esto significa que cerca de 3 millones de personas no tienen ningún amparo para su vejez.

Colpensiones proyecta que para el año 2055, entre las 14.2 millones de personas que pertenecerían a esta población adulta mayor, más de la mitad no tendrían pensión ni subsidio para su vejez, a menos que la Reforma Pensional llegue a buen término.

¿Qué contiene la Reforma?

La Reforma unirá los dos regímenes existentes: el público, administrado por Colpensiones, y el privado, administrado por los fondos privados de pensión, de manera que se creará un nuevo sistema pensional que provea seguridad, sostenibilidad financiera y amplíe la cobertura. Se pasará de un sistema de reparto, donde cada trabajador activo contribuye a la financiación de las pensiones existentes en el momento, una especie de relevo generacional, a un sistema de pilares, con una solidaridad intergeneracional.

Este sistema de pilares se divide en tres:

Pilar solidario: busca darles una transferencia monetaria a adultos mayores vulnerables, que no lograron cotizar y están en condiciones de pobreza.

Pilar semicontributivo: está dirigido a las personas que están en la informalidad y que no reúnen los requisitos para acceder a una pensión, pero han aportado en algunos momentos. A quienes estén en este pilar se les entregará, mediante una renta vitalicia, el dinero que han ahorrado más un subsidio estatal, del 20% en el caso de los hombres y del 30% en el caso de las mujeres.

Pilar contributivo: en este grupo estarán quienes cotizan de forma estable para su pensión. Con la reforma, los aportes que hagan por ingresos de hasta 2,3 salarios mínimos, más o menos 2,9 millones de pesos, irán a Colpensiones, y el resto se dirigirá al fondo privado que elijan. Al pensionarse, tendrán pensión del régimen público, con subsidio estatal, solo por ese primer tramo, y el restante bajo las reglas del juego de los fondos privados. Con esta medida, se garantiza un aumento del recaudo del fondo público y se reducen los subsidios estatales a las pensiones altas.

Entre los puntos a destacar de la reforma se encuentran:

  • Distribuir el sistema pensional en tres pilares bases: El pilar solidario compuesto por la renta básica y un bono mensual de $223.000 a personas mayores de 65 años que se encuentren en el umbral de pobreza extrema. El pilar contributivo que se compone del fondo público universal y el pilar de ahorro voluntario complementario
 
  • Un sistema único donde todos estén afiliados a Colpensiones, no obstante, las personas que devenguen más de 2.3 SMML podrán realizar un ahorro en cuentas individuales en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

Otro punto que quedó incluido en la reforma fue que las mujeres que tengan ingresos menores a un salario mínimo, sin un trabajo y afiliadas a salud, podrán cotizar por un salario mínimo al pilar contributivo.

Puntos positivos:

  • Unificación del sistema pensional, acabando así con la dualidad.
  • Se centra en la población más vulnerable de la tercera edad.
  • Mejora el sistema de Beneficios Económicos Periódicos de Colpensiones.
  • Elimina los subsidios a partir del umbral de pensiones altas.
  • Es solidaria.

Puntos de análisis:

  • No tiene en cuenta la transición demográfica (número de trabajadores activos por cada pensionado), ni el envejecimiento poblacional, lo que supone un serio reto al sistema pensional colombiano.
  • Disminución del ahorro nacional.

No obstante, para disminuir los puntos de riesgo, la ministra del trabajo, Gloria Inés Ramírez, ha sido enfática en plantear la necesidad de, primero, aprobar la Reforma Laboral para garantizar la vinculación laboral formal de miles de trabajadores del sector público, lo que genera estabilidad en el sistema y mayor contribución en los fondos, así como un enorme esfuerzo por disminuir la informalidad.

Por otro lado, desde el Ministerio del Trabajo se ha propuesto que la reforma requerirá una revisión estructural en 15 años, con miras a garantizar su sostenibilidad. La ministra también afirmó que: “Esto lo hemos tomado de experiencias internacionales, de otros países que ya han vivido el proceso demográfico, que es por ejemplo Japón, Alemania, Francia, ellos lo solucionaron a través de los migrantes, digamos en términos generales. Aquí lo que decimos es que, en Colombia, en los estudios, tenemos hasta 15 años para hacer una reforma paramétrica que permita que efectivamente hayan los ajustes demográficos”, explicó.

¿Qué falta para la aprobación?

En la noche del 23 de abril, la plenaria del Senado de la República votó de manera positiva el proyecto de Reforma Pensional. No obstante, a la reforma le quedan dos debates más en la Cámara de Representantes, el primero, en la Comisión Séptima y el segundo en la plenaria.

Vale la pena mencionar que, el proyecto debe ser aprobado antes del 20 de junio, fecha en la que finaliza la actual legislatura, de no ser así se hundiría y tendría que presentarse nuevamente.

En caso de ser aprobada, la Reforma Pensional entraría en vigencia el 1 de julio del 2025.

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