«La Empresa Metro de Bogotá»
¿Ha puesto en riesgo la salud de los habitantes de los barrios populares del sur de Bogotá?
Por: El Callejero
Han sido muchas las irregularidades en la construcción del Metro de Bogotá entre las localidades de Kennedy y Bosa, sobre las cuales se podría decir inocentemente que han pasado desapercibidas por los grandes medios de comunicación y por las mismas entidades distritales. Pero no es así. Funciona más bien como la típica historia de opresión en la que la megaempresa pasa por encima de los barrios y las gentes más humildes de la ciudad, de una periferia que no tiene que ser atravesada por el 100% de los habitantes, sino solo por quienes allí habitan. No queda, entonces, mucha posibilidad de enfrentarse al gigante que tiene todas las garantías y al que los grandes medios corporativos le lavan la cara a diario.
Las pocas denuncias que se rastrean en la prensa mencionan la no entrega de estudios, problemas financieros y retrasos, pero de manera superficial, sin prender grandes alarmas. Lo que no cubrieron los medios fue cómo después de la compra de predios, estos quedaron abandonados, fueron saqueados y demolidos durante casi un año sin que la empresa interviniera ni les diera garantías a los vecinos, que fueron también víctimas de robos y de daños estructurales en sus viviendas. Es decir, la empresa Metro no demolió casi ninguna de las casas que compró, al menos en todo el tramo de la Villavicencio y la Primero de Mayo. A esto se le suma el rompimiento de tramos enteros dos y hasta tres veces, los problemas de movilidad, los altos índices de contaminación y el pésimo cerramiento de la obra, así como su deficiente adecuación para el paso peatonal.
Pero digamos que en la lucha diaria de unos barrios sin planeación y sin inversión, lo anterior puede incluso llegar a ser un paisaje. No obstante, la empresa ha incurrido en daños mucho más graves. De acuerdo con las investigaciones de colectivos y organizaciones ambientales de Techotiba, la Junta de Administradora Local (JAL) y la Secretaría Distrital de Ambiente, es muy probable que la empresa haya puesto en riesgo la salud de miles de personas y de trabajadores de la obra en el sector del anterior botadero Gibraltar. Y también es probable que las secuelas en la salud de las personas, por el mal manejo de la empresa, comiencen a verse a futuro.
El botadero Gibraltar
El predio Gibraltar se ubica en la localidad de Kennedy, al sur occidente de la ciudad. Forma un rectángulo que limita al occidente con el canal Cundinamarca y con el río Bogotá; al sur con el barrio informal Brisas del Tintal y con el barrio la Arboleda; al oriente con parte de la urbanización Las Margaritas, y al norte con la avenida Villavicencio, donde se encuentran los barrios Tintal, Patio Bonito y El Jazmín.
En el año 1979, debido a las intensas lluvias, el dique del río Bogotá se rompió e inundó toda la zona, incluido el incipiente barrio Patio Bonito, donde ya habitaban cerca de 5.000 personas; en ese mismo barrio se encontraba una hacienda de 70 hectáreas, ya proyectada para convertirse en el nuevo botadero de la ciudad: Gibraltar. En ese momento, las personas tuvieron que abandonar sus viviendas por casi un año debido a la inundación y al abandono total del Estado, que no tenía ningún interés en que la zona se urbanizara más, de manera que en 1980 comenzó a funcionar el botadero a cielo abierto.
Ruth Caicedo, en el artículo de investigación “Desigualdad espacial y conflictos territoriales en Bogotá: el caso del botadero Gibraltar (1979-2015)”, publicado por la Revista Geográfica, detalla cómo era el funcionamiento del botadero: “La mayor parte del volumen de los desechos que eran depositados en Gibraltar procedía de la zona sur de la ciudad, donde mataderos, zona industrial, chircales, curtiembres y la central de abastos tenían su localización. Según Durand y Metzger (2009), estos desechos no contaban con tratamiento o selección previa, lo que generaba que los desechos inorgánicos, industriales y plásticos entraran en contacto directo con los suelos, el aire, los depósitos de agua subterránea y el río Bogotá. Todo ello hizo que el ambiente, el paisaje y la comunidad de Patio Bonito fueran expuestos, a partir de la inauguración del botadero, a riesgos sanitarios y ambientales.
”La inadecuada gestión de residuos en Gibraltar generó vulnerabilidad espacial. Los residuos fueron excretados en su mayoría por sectores económicos dedicados a la industria o al comercio en respuesta al modelo de producción y consumo imperante; sin embargo y como ocurría en otras ciudades latinoamericanas, los desechos terminaban por transferirse a los espacios de las personas que no contaban con recursos económicos y mecanismos de poder para expulsarlos de sus territorios. Por tanto, la destinación de Gibraltar como relleno sanitario y como botadero de basuras es muestra de un proceso de desigualdad social y ambiental que afectó a los habitantes de la Bogotá que tenían condiciones de vida precarias”.
Fue tanta la presión y la organización de la comunidad en aquella época, que lograron que un botadero proyectado a 15 años de uso se trasladara en menos de 10 años (es decir, en 1988) al actual botadero Doña Juana. Desde entonces comenzó su proceso de tratamiento.
Dos proyectos en el área de influencia del anterior botadero Gibraltar
En este momento se están desarrollando dos proyectos en el predio del anterior botadero: el Parque Metropolitano Gibraltar, a cargo del Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD) en casi todo el porcentaje del terreno, y un tramo de la primera línea del Metro, que bordea la parte occidental del antiguo botadero Gibraltar, en plena entrada del metro a la localidad de Kennedy.
Desde hace 2 años o un poco más, la Junta Administradora Local ha realizado diferentes sesiones de control político para preguntar cómo ha sido el avance de estos dos proyectos y, sobre todo, en qué consistía el Plan de Manejo Ambiental, ya que se tenían diferentes denuncias y requerimientos por parte de la Comisión Ambiental Local (CAL). En ese momento las sesiones se enfocaron especialmente en el proyecto del IDRD, por ser el más grande y el que tenía mayor impacto. Cuando la Secretaría Distrital de Ambiente asistió a las sesiones de la JAL, explicó que estaban evaluando los estudios ambientales y que por eso, durante 2022, la obra no había iniciado.
Con el Metro también fue igual: se hicieron varias preguntas, pero la Secretaría no se pronunciaba de fondo para explicar si se estaba cumpliendo o no con el Plan de Manejo Ambiental. Finalmente, para ambos casos, en febrero de 2023, la Secretaría Distrital de Ambiente emitió un concepto donde expresaba que se requería un Plan de Contingencia Ambiental por parte de estas dos instituciones. Lo anterior teniendo en cuenta que en los estudios realizados se encontraron residuos peligrosos en el terreno y, aunque, la empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá hizo un proceso de desgasificación, el predio no está 100% desgasificado, advirtieron.
El problema es que para iniciar la obra, la Secretaría Distrital de Ambiente solo exigió la radicación de los documentos, mas no la aprobación del Plan de Contingencia. Más grave todavía es que un año después de su radicación, descubrieron que la mayoría de los archivos anexos al plan ni siquiera podían ser abiertos. Para esta fecha, concluyó la fase de excavación en el predio Gibraltar por parte de la empresa Metro de Bogotá, y tanto la comunidad como los trabajadores estuvieron expuestos a partículas cancerígenas y residuos peligrosos.
El caso del Metro
La Secretaría Distrital de Ambiente solicitó en 2023 los requerimientos técnicos que debían ser radicados antes de la construcción de la primera línea del Metro de Bogotá en el predio Gibraltar. Teniendo en cuenta que, según los conceptos técnicos de la Secretaría, en el predio existen residuos peligrosos, se debían seguir unas líneas técnicas base para la construcción del Plan de Contingencia y el Plan de Manejo Ambiental.
Sin embargo, a partir de las diferentes denuncias de la ciudadanía, la Comisión Ambiental Local (conformada por la comunidad y entidades gubernamentales) y la JAL, la Secretaría de Ambiente manifiesta que solo hasta mayo de 2024 —es decir, 9 meses después de iniciadas las obras—, revisó los documentos radicados por la empresa Metro de Bogotá, tanto el Plan de Manejo como el Plan de Contingencia, y constató que: “Dichos documentos presentan falencias importantes respecto a todos los aspectos mínimos que deben ser contemplados en el PDC (Plan de Contingencia) como lo son gases, lixiviados, escorrentía, material particulado, olores, geotecnia, manejo de excavaciones, red de monitoreo y medidas de higiene y seguridad en el trabajo”.
En ese orden de ideas, a la fecha no se ha recibido la radicación del Plan de Contingencia Ambiental ni de un Plan de Manejo Ambiental que se ajuste a los lineamientos técnicos mínimos establecidos por esta autoridad ambiental.
Desde la JAL se han realizado las peticiones en agosto y septiembre para hacerle seguimiento a la situación, frente a lo cual la Secretaría ha respondido que “se encuentra en etapa de evaluación y valoración de los hallazgos encontrados en visitas técnicas y los documentos radicados por parte de la empresa Metro de Bogotá”.
El derecho de petición radicado ante la Secretaría Distrital de Medio Ambiente por parte de la Veeduría Ambiental por la Emergencia Climática de Kennedy (Techotiva) expone las señales de alerta que desembocaron en la exigibilidad de los planes de Contingencia y Manejo Ambiental, que nunca se cumplieron:
1. El día 20/02/2023, la Empresa Metro de Bogotá, mediante radicado SDA 2023ER36270, solicita a la SDA información sobre “…si, en el área en donde se sobrepone el proyecto de la PLMB con el predio Gibraltar, existe algún impedimento para el inicio de las intervenciones y el desarrollo del mismo…”.
2. En atención a dicha solicitud la SDA emitió el concepto técnico 01993 del 24/02/2023, comunicado a la empresa Metro de Bogotá a través del oficio 2023EE42601 del 27/02/2023, que establece las recomendaciones de manejo ambiental relacionadas con el recurso suelo, del límite de intervención presentado por la Empresa Metro de Bogotá. Dicho Concepto Técnico, fue comunicado y enviado por la SDA el día 28/02/2023 a la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A., mediante oficio 2023EE42601 del 27/02/2023, con los siguientes anexos técnicos:
A. Concepto Técnico 09579 del 27/08/2021, que estableció la línea base y lineamientos para la elaboración de los Planes de Contingencia Ambiental, para las labores constructivas a adelantarse al interior del predio Gibraltar.
B. LÍNEA BASE AMBIENTAL PARA CONSTRUCCIÓN DEL PARQUE METROPOLITANO PM 10 EL PORVENIR.
C. LINEAMIENTOS TÉCNICOS PARA EL PLAN DE CONTINGENCIA AMBIENTAL PARA CONSTRUCCIÓN DEL PARQUE METROPOLITANO PM 10 EL PORVENIR.
El mencionado Concepto Técnico es claro en indicar, que “… la empresa Metro de Bogotá podrá adelantar las actividades constructivas en el polígono de intervención de la Primera Línea del Metro de Bogotá dentro del predio Gibraltar siempre y cuando, previo al inicio de la mencionada etapa constructiva, se cuente con un Plan de Contingencia Ambiental (PDCA) para la construcción del proyecto PLMB al interior del predio Gibraltar, documento que debe ser elaborado considerando los Lineamientos Técnicos establecidos por esta Autoridad Ambiental mediante concepto técnico 9579 del 27/08/2022…”.
3. Adicionalmente, por medio de concepto No. 01993, 24 de febrero del 2023: “…Para la elaboración del PDCA – PLMB, es altamente recomendable hacer uso del documento “LÍNEA BASE AMBIENTAL PARA CONSTRUCCIÓN DEL PARQUE METROPOLITANO PM 10 EL PORVENIR” adjunto al presente concepto técnico, además de considerar como mínimo, aspectos incluidos en los Lineamientos Técnicos mencionados, relacionados con:
Gases: Aunque se considera que el proceso de desgasificación realizado por la EAAB alcanzó los criterios de finalización, es probable que se presenten acumulaciones puntuales o “bolsas” de gas que puedan ser identificadas durante las labores constructivas de la Empresa Metro Bogotá, esto a razón de la gran cantidad de materia orgánica en descomposición que aún se encuentra dentro del predio donde persiste la actividad biológica. Por lo anterior, se considera importante tener en cuenta este aspecto en el PDCA – PLMB.
Lixiviados: Teniendo en cuenta que el predio se manejó como un botadero sin ningún tipo de diseño de ingeniería durante aproximadamente 10 años (durante los años 80), producto de la descomposición de las basuras se generaron lixiviados que durante las excavaciones pueden ser encontrados, por lo que es importante gestionar este tipo de residuos líquidos, así como mezclas lixiviado-agua subterránea como residuo peligroso consecuente con lo estipulado en el Decreto 1076 de 2015 – Titulo 6.
Escorrentía: Dado que bajo la superficie del predio se ubica una gran cantidad de material antrópico en descomposición (basuras), así como lixiviados, y que el predio no cuenta con canales perimetrales para aguas lluvias, toda la escorrentía proveniente de dicha área debe ser gestionada como residuo peligroso consecuente con lo estipulado en el Decreto 1076 de 2015 – Titulo 6.
Material particulado y olores: Teniendo en cuenta que durante las labores constructivas será necesario realizar excavaciones que involucren la capa de relleno artificial antrópico (basuras), es necesario contar con un plan de manejo de olores ofensivos para ser implementado en caso que se evidencien durante las excavaciones, con el fin de evitar al máximo la afectación de la comunidad aledaña al predio. De igual forma deberá tener un manejo de material particulado que impida el reasentamiento del mismo en áreas vecinas.
Geotecnia: Es importante siempre tener en cuenta que el predio Gibraltar, al haberse usado durante los años 80 como un botadero a cielo abierto sin ningún tipo de diseño de ingeniería, no es un área estable geotécnicamente, como quiera que no se hizo una reconformación geotécnica, adicionalmente, aún se está presentando descomposición de la materia orgánica que el terreno pueda sufrir cambios en superficie.
Manejo de excavaciones: Es importante tener en cuenta los resultados de los muestreos de suelo superficial en el predio (entre 5 cm y 1 m de profundidad), razón por la cual todo suelo o material antrópico o mezcla de estos que sea necesario retirar para las labores constructivas, deberá gestionarse como residuo peligroso consecuente con lo estipulado en el Decreto 1076 de 2015 – Titulo 6. Es importante resaltar de que a mayores profundidades, el riesgo de encontrar mayores concentraciones de estos compuestos se eleva, dado que se encontrará directamente con la capa de basura.
Medidas de HSE: Basado en los resultados del muestreo de suelo superficial realizados por la EAAB, y considerando como ya se mencionó, que las concentraciones evidenciadas tienen una alta posibilidad de aumentar a mayores profundidades, aun cuando escapa a las competencias de esta autoridad ambiental, es imperativo incluir en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, el uso de Elementos de Protección Personal para todos los trabajadores de acuerdo a su labor, que cumplan con estándares técnicos internacionales.
“… Adicionalmente, teniendo en cuenta la información sobreviniente evaluada en el presente concepto técnico, se evidencia que el suelo tiene presencia de sustancias en concentraciones que pueden llegar a presentar un riesgo para el trabajador de la construcción por plomo en el área 3, es necesario adelantar acciones de gestión de riesgo específicas para el polígono de intervención de la Primera Línea del Metro de Bogotá…”.
Encuentra al final de esta página el documento completo
Todo lo anterior contrasta con la realidad que se vivió durante el proceso de obra en la zona. Efectivamente, no se hizo un debido cerramiento de la obra; tampoco se manejaron adecuadamente los residuos peligrosos, y ni siquiera se garantizó la seguridad de las y los trabajadores ni de la población circundante. Además, se pasaron por alto los riesgos geotécnicos.
En dialogo con Diana Castro, edilesa de la localidad y quien ha liderado el ejercicio de disputa legal, se concluye que hay dos posibles escenarios: “El primero es que la Secretaría se pronuncie a favor de la protección de estos barrios, ratificando el incumplimiento por parte de la empresa Metro de Bogotá, y exija una reparación del daño o indemnización frente al daño causado a la población ubicada en el área de influencia del proyecto y a sus mismos operarios, quienes estuvieron expuestos durante la etapa de construcción a residuos cancerígenos (plomo, arsénico, entre otros), lo cual podría verse reflejado en los monitoreos de salud a la población. Sin embargo, otro escenario, teniendo en cuenta el precario accionar de la misma Secretaría frente a otras problemáticas similares en la ciudad, es que podría presentarse una respuesta lenta que no favorezca a la población afectada, sino a los intereses particulares de la empresa Metro de Bogotá, al pasar por alto todos estos incumplimientos y afirmar que nunca existió un riesgo para las personas”.
Todo esto deja en evidencia los problemas ambientales y sociales que se desencadenan al emprender un proyecto sin estudios previos y sin acatar las medidas ambientales, en un contexto donde las autoridades en esta materia no tienen suficiente campo de acción para exigir el cumplimiento de los planes de manejo ambiental y de contingencia. Y los habitantes de la periferia bogotana terminan sometidos a los efectos a largo plazo.
En este momento la JAL, la CAL y la comunidad se encuentran a la espera del pronunciamiento oficial por parte de Secretaría Distrital de Ambiente, el cual, como ya se mencionó, está en etapa de evaluación.
Gracias amigos del periódico EL CALLEJERO periodismo serio que nos ilustra de la mejor y más creyente manera todas las irregularidades del metro qué los medios y la alcaldía NO se interesan en mostrar. EL CALLEJERO EL MEJOR millones de GRACIAS .