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«¡Lo que necesitamos es un Estatuto del Trabajo!»

El Estatuto Democrático del Trabajo es imposible elaborarlo e implementarlo sin una nueva concepción de desarrollo. 

Por: Monitor

 

 

La expectativa creada a trabajadores sindicaliza­dos y no sindicalizados por este gobierno y su Mi­nistra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, tenía como base la modificación pro­funda del Artículo 53 de la Constitución Nacional, que ordenó al Congreso de la República expedir el Estatuto del Trabajo. Parte de esa reforma ha debido conducirse, efec­tivamente, a que fueran los trabajadores, las tra­bajadoras y los sindica­tos, quienes elaboraran el contenido básico de ésta, contribuyendo a moder­nizar y a democratizar las relaciones entre el capital y el trabajo. Trazando, al mismo tiempo, una hoja de ruta que condujera al fortalecimiento orgánico y político de las organi­zaciones obreras para do­tarlas de la fuerza necesa­ria, con el fin de imponer sus reivindicaciones al gran capital, en vez de concertar con él.

Sin embargo, como es común al gobierno, se ha hablado mucho y con­sultado exclusivamente a la cúpula de las centrales sindicales, ampliamente dominadas por lo patro­nal, a los gremios de los capitalistas y a los llama­dos organismos multila­terales –Banco Mundial, Fondo Monetario Inter­nacional, Organización para la Cooperación y el Desarrollo, Organización Internacional del Traba­jo-, que al fin y al cabo representan los intereses de los dueños del capital transnacional, para con­cluir que no es necesario desarrollar el Estatuto, parte angular de la Cons­titución Política, sino más bien tramitar una ley ordinaria.

En el texto que se presentará al Congreso y que se hizo público hace pocos días, se corrobora que el cambio no se va a centrar en el desarrollo del Artículo 53, menos en su transformación, sino en modificar partes de la Ley 789, que eliminó de­rechos económicos de los trabajadores, y otras dis­posiciones posteriores, que coadyuvaron a ato­mizar el sindicalismo y la negociación colectiva. Por tanto, los problemas principales, derivados de la explotación agresiva de los trabajadores, como su precariedad, deslabora­lización, la aplicación de las tres flexibilidades –en contratación, salarios y organización del trabajo-, no se van a tocar.

En el sentido econó­mico, que debía ser el pri­mer punto en el contenido del Estatuto Democrático del Trabajo, el Estado de­bería asumir el control sobre las ramas estratégi­cas de la economía na­cional y plantear, entre otras medidas, la limita­ción y subordinación de la inversión extranjera y de los dueños, accionistas y administradores de las transnacionales y mono­polios nacionales al inte­rés y desarrollo nacional, obligándolos a asociarse al mismo Estado, nunca adjudicándoles más allá del 49% de la propiedad de dichas empresas. Al mismo tiempo, rechazar gran parte de su deuda interna y externa, que fue adquirida y usada fraudu­lentamente. Romper con la perversión de imponer precios internacionales a los combustibles pro­ducidos nacionalmente, lo cual contribuye a des­angrar el presupuesto nacional y a alzar des­mesuradamente la in­flación, golpeando a los más pobres. Realizar gi­gantescas inversiones en obras de infraestructura pública, reducir fuerte­mente el inoficioso gasto militar, desmilitarizar la sociedad, acabar con la brutal corrupción esta­tal y eliminar la elusión y la evasión que hacen los más ricos. Igualmente, un verdadero gobierno del cambio tiene que crear nuevas instituciones sec­toriales y convertir la banca y el sistema finan­ciero, principalmente al Banco de la República, en instituciones de fo­mento para impulsar el desarrollo industrial, de servicios productivos y regional, generando de­sarrollo equilibrado entre las zonas donde se con­centra el acumulado eco­nómico nacional y las que revisten un importante atraso dentro de la misma nación.

En consecuencia, el Estatuto Democrático del Trabajo es imposible ela­borarlo e implementarlo sin una nueva concepción de desarrollo. Una de sus columnas vertebra­les, más no la única, es el crecimiento sostenido de las fuerzas productivas nacionales, asunto que requiere la abolición de la dependencia, principal­mente la del imperialismo estadounidense. De modo que, sin desarrollo hu­mano, soberano, integral, democrático, armónico, equilibrado, sostenido y sostenible, conducente a construir un sistema económico nacional com­pleto, autónomo e inde­pendiente, es imposible garantizar el ejercicio de los derechos e intereses de los trabajadores.

Ahora bien, la prime­ra gran tarea es hacer cre­cer la economía para que esta pueda generar, como ya se mencionó, pleno empleo, rompiendo así con el modelo financiari­zador, reprimarizador y transnacionalizador que hasta ahora se le ha im­puesto al país, conocido como neoliberalismo. El pleno empleo elimina, por una parte, el desem­pleo, el subempleo y la informalidad, por otra, la flexibilidad laboral, al lograr el equilibrio entre la oferta y la demanda de la fuerza de trabajo. Esa política debe ser comple­mentada por el seguro al desempleo, que será uti­lizado como mecanismo transicional y extraordi­nario cuando se produz­can crisis económicas.

El segundo elemen­to importante, que no contempla la propuesta gubernamental, es la con­tratación directa y la es­tabilidad en el trabajo. Al respecto, el viceministro del trabajo, Edwin Palma, dice que “eliminarlos (los contratos de prestación de servicios y la terceri­zación) es imposible. Es una figura válida cons­titucionalmente, siempre y cuando se respeten sus características esenciales: autonomía, independen­cia y excepcionalidad”. Todos los trabajadores deberían ser contrata­dos por los dueños o administradores de las empresas directamente, prohibiéndose todo tipo de intermediación en la contratación de la fuerza de trabajo. Dicho engan­che debe ser a término in­definido, descartándose y prohibiéndose cualquier modalidad de contrata­ción a través de órdenes de prestación de servicios o de naturaleza similar o parecida. La estabilidad laboral de esos trabaja­dores se puede garantizar puesto que no podrán ser despedidos sin justa cau­sa probada y sin el debido proceso, que deberá ser concertado con los sin­dicatos en virtud del me­canismo reglamentado en las leyes colombianas en ese campo. De la misma forma, el Estatuto exigi­ría la unidad empresarial, prohibiendo que los mis­mos dueños usen subsi­diarias en la misma rama o sector de la producción y la indivisibilidad de las empresas, entendi­da como una estructura que cobija todas las ac­tividades de producción, administración, comer­cialización, distribución, transporte y servicios, en consecuencia, todos los trabajadores involucra­dos en tales actividades deberían tener un contra­to directo con la única en­tidad que los realiza.

El proyecto de ley no incorpora la indexación mensual de los salarios, que amortigua los noci­vos efectos de la enorme inflación que se cierne sobre los trabajadores. De esa manera, se evitaría su rápida depreciación. Esa medida debe ser com­plementada con incre­mentos reales anuales del salario, no inferiores al 5%, acompasados al au­mento de la participación de los obreros en el valor creado anualmente por ellos en las empresas.

Tampoco es parte de la propuesta abolir las escandalosas prácticas patronales que destru­yen la libertad de asocia­ción, la libertad sindical y socavan la capacidad de negociación de los traba­jadores. Sin prohibirlas por ley, es imposible ga­rantizar las mencionadas libertades. Edwin Palma dice que “las empresas también tienen todo el derecho y libertad de ofrecer beneficios extra­legales a sus trabajadores, eso nunca ha estado en discusión, ni más faltaba. Lo que está mal es ofre­cerlos y concederlos a cambio de la no sindicali­zación.” Por tanto, para el actual gobierno este tipo de prácticas seguirán vi­gentes.

Por último, hay un tema clave que tiene que ver con la universalidad en la aplicación de la ley estatutaria y en su inter­pretación, asunto que co­rregiría, en gran medida, la corrupción existente en la justicia laboral. En efecto, se trata de que el Estatuto se aplique a todos los trabajadores y trabajadoras urbanas y rurales, de todos los sistemas, sectores y ra­mas de la producción y los servicios, obligán­dose los jueces a dar sus sentencias con unicidad interpretativa basada en fallos precedentes.

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