«¡Lo que necesitamos es un Estatuto del Trabajo!»
El Estatuto Democrático del Trabajo es imposible elaborarlo e implementarlo sin una nueva concepción de desarrollo.
Por: Monitor
La expectativa creada a trabajadores sindicalizados y no sindicalizados por este gobierno y su Ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, tenía como base la modificación profunda del Artículo 53 de la Constitución Nacional, que ordenó al Congreso de la República expedir el Estatuto del Trabajo. Parte de esa reforma ha debido conducirse, efectivamente, a que fueran los trabajadores, las trabajadoras y los sindicatos, quienes elaboraran el contenido básico de ésta, contribuyendo a modernizar y a democratizar las relaciones entre el capital y el trabajo. Trazando, al mismo tiempo, una hoja de ruta que condujera al fortalecimiento orgánico y político de las organizaciones obreras para dotarlas de la fuerza necesaria, con el fin de imponer sus reivindicaciones al gran capital, en vez de concertar con él.
Sin embargo, como es común al gobierno, se ha hablado mucho y consultado exclusivamente a la cúpula de las centrales sindicales, ampliamente dominadas por lo patronal, a los gremios de los capitalistas y a los llamados organismos multilaterales –Banco Mundial, Fondo Monetario Internacional, Organización para la Cooperación y el Desarrollo, Organización Internacional del Trabajo-, que al fin y al cabo representan los intereses de los dueños del capital transnacional, para concluir que no es necesario desarrollar el Estatuto, parte angular de la Constitución Política, sino más bien tramitar una ley ordinaria.
En el texto que se presentará al Congreso y que se hizo público hace pocos días, se corrobora que el cambio no se va a centrar en el desarrollo del Artículo 53, menos en su transformación, sino en modificar partes de la Ley 789, que eliminó derechos económicos de los trabajadores, y otras disposiciones posteriores, que coadyuvaron a atomizar el sindicalismo y la negociación colectiva. Por tanto, los problemas principales, derivados de la explotación agresiva de los trabajadores, como su precariedad, deslaboralización, la aplicación de las tres flexibilidades –en contratación, salarios y organización del trabajo-, no se van a tocar.
En el sentido económico, que debía ser el primer punto en el contenido del Estatuto Democrático del Trabajo, el Estado debería asumir el control sobre las ramas estratégicas de la economía nacional y plantear, entre otras medidas, la limitación y subordinación de la inversión extranjera y de los dueños, accionistas y administradores de las transnacionales y monopolios nacionales al interés y desarrollo nacional, obligándolos a asociarse al mismo Estado, nunca adjudicándoles más allá del 49% de la propiedad de dichas empresas. Al mismo tiempo, rechazar gran parte de su deuda interna y externa, que fue adquirida y usada fraudulentamente. Romper con la perversión de imponer precios internacionales a los combustibles producidos nacionalmente, lo cual contribuye a desangrar el presupuesto nacional y a alzar desmesuradamente la inflación, golpeando a los más pobres. Realizar gigantescas inversiones en obras de infraestructura pública, reducir fuertemente el inoficioso gasto militar, desmilitarizar la sociedad, acabar con la brutal corrupción estatal y eliminar la elusión y la evasión que hacen los más ricos. Igualmente, un verdadero gobierno del cambio tiene que crear nuevas instituciones sectoriales y convertir la banca y el sistema financiero, principalmente al Banco de la República, en instituciones de fomento para impulsar el desarrollo industrial, de servicios productivos y regional, generando desarrollo equilibrado entre las zonas donde se concentra el acumulado económico nacional y las que revisten un importante atraso dentro de la misma nación.
En consecuencia, el Estatuto Democrático del Trabajo es imposible elaborarlo e implementarlo sin una nueva concepción de desarrollo. Una de sus columnas vertebrales, más no la única, es el crecimiento sostenido de las fuerzas productivas nacionales, asunto que requiere la abolición de la dependencia, principalmente la del imperialismo estadounidense. De modo que, sin desarrollo humano, soberano, integral, democrático, armónico, equilibrado, sostenido y sostenible, conducente a construir un sistema económico nacional completo, autónomo e independiente, es imposible garantizar el ejercicio de los derechos e intereses de los trabajadores.
Ahora bien, la primera gran tarea es hacer crecer la economía para que esta pueda generar, como ya se mencionó, pleno empleo, rompiendo así con el modelo financiarizador, reprimarizador y transnacionalizador que hasta ahora se le ha impuesto al país, conocido como neoliberalismo. El pleno empleo elimina, por una parte, el desempleo, el subempleo y la informalidad, por otra, la flexibilidad laboral, al lograr el equilibrio entre la oferta y la demanda de la fuerza de trabajo. Esa política debe ser complementada por el seguro al desempleo, que será utilizado como mecanismo transicional y extraordinario cuando se produzcan crisis económicas.
El segundo elemento importante, que no contempla la propuesta gubernamental, es la contratación directa y la estabilidad en el trabajo. Al respecto, el viceministro del trabajo, Edwin Palma, dice que “eliminarlos (los contratos de prestación de servicios y la tercerización) es imposible. Es una figura válida constitucionalmente, siempre y cuando se respeten sus características esenciales: autonomía, independencia y excepcionalidad”. Todos los trabajadores deberían ser contratados por los dueños o administradores de las empresas directamente, prohibiéndose todo tipo de intermediación en la contratación de la fuerza de trabajo. Dicho enganche debe ser a término indefinido, descartándose y prohibiéndose cualquier modalidad de contratación a través de órdenes de prestación de servicios o de naturaleza similar o parecida. La estabilidad laboral de esos trabajadores se puede garantizar puesto que no podrán ser despedidos sin justa causa probada y sin el debido proceso, que deberá ser concertado con los sindicatos en virtud del mecanismo reglamentado en las leyes colombianas en ese campo. De la misma forma, el Estatuto exigiría la unidad empresarial, prohibiendo que los mismos dueños usen subsidiarias en la misma rama o sector de la producción y la indivisibilidad de las empresas, entendida como una estructura que cobija todas las actividades de producción, administración, comercialización, distribución, transporte y servicios, en consecuencia, todos los trabajadores involucrados en tales actividades deberían tener un contrato directo con la única entidad que los realiza.
El proyecto de ley no incorpora la indexación mensual de los salarios, que amortigua los nocivos efectos de la enorme inflación que se cierne sobre los trabajadores. De esa manera, se evitaría su rápida depreciación. Esa medida debe ser complementada con incrementos reales anuales del salario, no inferiores al 5%, acompasados al aumento de la participación de los obreros en el valor creado anualmente por ellos en las empresas.
Tampoco es parte de la propuesta abolir las escandalosas prácticas patronales que destruyen la libertad de asociación, la libertad sindical y socavan la capacidad de negociación de los trabajadores. Sin prohibirlas por ley, es imposible garantizar las mencionadas libertades. Edwin Palma dice que “las empresas también tienen todo el derecho y libertad de ofrecer beneficios extralegales a sus trabajadores, eso nunca ha estado en discusión, ni más faltaba. Lo que está mal es ofrecerlos y concederlos a cambio de la no sindicalización.” Por tanto, para el actual gobierno este tipo de prácticas seguirán vigentes.
Por último, hay un tema clave que tiene que ver con la universalidad en la aplicación de la ley estatutaria y en su interpretación, asunto que corregiría, en gran medida, la corrupción existente en la justicia laboral. En efecto, se trata de que el Estatuto se aplique a todos los trabajadores y trabajadoras urbanas y rurales, de todos los sistemas, sectores y ramas de la producción y los servicios, obligándose los jueces a dar sus sentencias con unicidad interpretativa basada en fallos precedentes.