«¿La propina para quién?»   

Por: Andrés Carvajal

 

 

La situación se repite en los restaurantes de toda la ciudad, sin importar el precio o el estrato social, una práctica que se volvió cotidiana es la pregunta incómoda sobre si se incluye o no el servicio en la cuenta. La pregunta suele hacerla el mesero que prestó la atención y quien frente a un no, suele cambiar inmediatamente de actitud, asumir una posición de enojo e indignación frente al comensal y dejarle un sin sabor, así la comida y la atención hayan sido la mejor.

Para evitar el sinsabor, la mayoría de los colombianos dicen que sí y en otros casos los restaurantes se toman el atrevimiento de ni siquiera preguntar, como si la propina fuera obligatoria para el usuario, la pregunta es ¿realmente lo es? y aún más importante ¿quién se lucra realmente con ella?

Al respecto, La Superintendencia de Industria y Comercio define la propina como “una muestra de agradecimiento por la forma en que fue atendido por cierta persona” y reconoce que su regulación se dio desde el año 2018, gracias a la expedición de la Ley 1935 que define:

  • La propina es voluntaria
  • Nunca puede superar el 10% del valor del servicio prestado
  • La propina se distribuirá únicamente entre las personas involucradas en la cadena de servicios.
  • El empleador, aunque es autónomo en los plazos para repartir dicho recaudo, no puede superar el plazo de (1) mes para hacerlo.
  • Los propietarios y/o administradores no se beneficiarán de dichas propinas, ni destinarán ninguna parte de ellas a suplir los gastos de su establecimiento.
  • Las propinas no pueden constituir un salario.

Más allá del amparo legal que tiene el consumidor, al reconocer que la propina no es un pago obligatorio. La discusión parece ser más cultural y de formación para los dueños y los prestadores del servicio, quienes no pueden convertir un incentivo, en un cobro permanente y tampoco pueden considerar que el recibo o no de esta tarifa, sea una forma de medir el desempeño de sus empleados.

Hay otro tipo de negocios como el de mensajería de comida, que ofrecen plataformas como Rappi, que ha generado polémica y movilización por parte de sus trabajadores, quienes denuncian que la empresa se queda con un gran porcentaje de la tarifa cobrada “Cuando cobran tarifas por domicilio de $5.000 a 10.000 pesos y a ellos del dan $1.000 a $2.000 pesos”, tarifas que no les permiten, ni siquiera, realizar sus pagos de seguridad social. En este caso, la vinculación laboral que realizan este tipo de empresas, tampoco dejan claro sus responsabilidades de vinculación laboral.

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